Los magistrados y funcionarios judiciales designados en sus cargos a partir de 2017 quedan alcanzados por el tributo. Lo resolvió por unanimidad, hasta que se defina la cuestión de fondo.

La Corte Suprema rechazó por unanimidad un recurso cautelar para que los jueces designados a partir de 2017 no paguen el impuesto a las Ganancias. Así, los magistrados y funcionarios del poder judicial que hayan sido nombrados en sus cargos desde enero del año pasado comenzarán estar alcanzados por el tributo desde ahora.

El fallo dispone que los magistrados deberán pagar el tributo al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo, que se define en la Justicia por un reclamo de la Asociación de Magistrados.

Más allá de ese expediente -que alcanza a un puñado de jueces- un número mayor de oficiales judiciales de todo el país había canalizado el mismo reclamo por vía administrativa. La respuesta ahora será la de desestimar el pedido. Todos deberán pagar.

La reforma del impuesto a las Ganancias de 2016 había definido que los jueces y empleados del Poder Judicial que ganen más que el mínimo no imponible debían tributar, siempre y cuando hayan sido designados en sus cargos a partir de enero de 2017. La norma alcanza no solo a los que hayan ingresado a la Justicia hace casi dos años, sino también a los empleados de mayor trayectoria que hayan sido nombrados en un puesto distinto al que desempeñaban (por ganar un concurso o ser ascendidos, por ejemplo).

Hasta este martes, según trascendió, el fallo en contra de la cautelar que mantenía a los empleados del poder judicial representados por la Asociación de Magistrados exentos del impuesto tenía tres firmas: Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Maqueda. Quedaban por definir las posiciones de las autoridades de la Corte, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco. Según pudo confirmar TN.com.ar de fuentes tribunalicias, los cinco jueces coincidieron en el voto.

  • https://tn.com.ar/economia/la-corte-suprema-rechazo-una-cautelar-y-algunos-jueces-empiezan-pagar-impuesto-las-ganancias_919885

2018-11-27T15:48:46+00:00